El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier De Luca, emitió un dictamen en el que opinó que no se debe reabrir la causa por la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra Cristina Elisabet Kirchner por encubrimiento del atentado a la AMIA.
Nisman había denunciado que la ex presidente junto al ex canciller Héctor Timerman y otros ex funcionarios kirchneristas impulsaron la firma del Memorándum de entendimiento con Irán para garantizarle impunidad a los responsables del ataque a la mutual judía.
El juez federal Daniel Rafecas rechazó la denuncia y ordenó su archivo, resolución que fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. Contra ese fallo la DAIA interpuso un recurso de casación sobre el que ahora se pronunció el fiscal de Justicia Legítima.
El 8 de noviembre pasado, De Luca ya había desistido del recurso y ahora dictaminó en contra de que se reabra la denuncia de Nisman. En primer lugar, el fiscal De Luca cuestiona la personería de la DAIA porque la entidad no acompañó a su pedido de ser tenido por parte querellante un poder especial como lo exige el Código Procesal Penal. Si bien esto es cierto, no es menos cierto que se puede subsanar agregando al expediente el mencionado poder. En derecho se suele calificar actitudes como la del fiscal De Luca como de "excesivo rigor formal". Pero el fiscal de Justicia Legítima no se quedó solamente en ese cuestionamiento. En su dictamen hizo una férrea defensa de una supuesta legalidad del Memorándum, declarado inconstitucional y puesto en tela de juicio por Nisman en su denuncia contra Cristina Elisabet Kirchner.
La colección de argumentos defensistas de quien la ley espera que acuse, comienza afirmando que "no es posible que unos jueces o fiscales, a pedido de un puñado de personas, sean éstas imputadas, víctimas o representantes de ellas, manejen las relaciones exteriores del país". De Luca asevera que esa es una facultad que la Constitución le da a los Poderes Ejecutivo y Legislativo y agrega "el ejercicio de una potestad constitucional nunca puede constituir delito".
El fiscal de Justicia Legítima continuó con su defensa de la legalidad del pacto con Irán al señalar que "el Memorándum tendía a hacer comparecer al proceso a los imputados. Nadie explica, ni me lo puedo imaginar, cómo eso puede ser considerado una ayuda al sospechoso a eludir las investigaciones o a sustraerse a la acción de la Justicia, o que ello pueda significar una ayuda o socorro a los enemigos de la Nación".
De Luca afirma además en su escrito que la DAIA solicita medidas de prueba que siguen siendo impertinentes. Para finalizar su presentación -en el petitorio- el fiscal De Luca solicitó que previamente se resuelva si la DAIA tiene personería para ser querellante y en caso de ser reconocida en ese carácter, se rechace el recurso de casación.
En la denuncia que presentó Nisman cuatro días antes de aparecer muerto, el fiscal destacó que el Memorándum fue uno de los medios elegidos por los acusados para garantizar lo que se había acordado de antemano, esto es, la impunidad de los prófugos iraníes y su desvinculación definitiva de la causa por el atentado a la AMIA en el que murieron 85 personas.
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