El juez Ariel Lijo resolvió procesar al ex jefe del PAMI del kirchnerismo Luciano Di Cesare por administración fraudulenta en perjuicio del Estado por haberse liquidado vacaciones no gozadas por más de un millón de pesos pese a que no tenía "derecho a su percepción" y porque su conducta -según la justicia- redujo el patrimonio de la obra social de los jubilados. Además, dispuso el embargo de bienes por dos millones de pesos.
El 9 de diciembre pasado, un día antes del cambio de Gobierno, Di Cesare cobró la suma de 1.300.826,77 pesos por vacaciones no gozadas.
"La conducta de Di Cesare no hizo más que perjudicar los intereses (dinero) que la administración pública le confió, en cuanto implicó una disposición que redujo considerablemente el patrimonio del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, lo que seguramente redundó en una disminución de la posibilidad de cubrir otras de sus funciones específicas", afirmó el magistrado en el fallo.
El juez también procesó como partícipes del delito y embargó en la misma suma a los dos funcionarios que tramitaron el pago. Se trata de Alejandra Arrouzet, Gerente de Recursos Humanos del organismo, y Carlos Galdo, entonces Subgerente de Administración de Recursos Humanos, quienes emitieran los dictámenes necesarios para transferir el monto requerido a la cuenta bancaria del propio Di Cesare.
Según Lijo, Di Cesare se aprovechó del cargo que detentaba como máxima autoridad del organismo para cobrar ese dinero, que lo hizo a través de una transferencia generada desde la cuenta oficial a la suya personal, como resultado del proceso en el que solicitó el 9 de diciembre de 2015 la liquidación de las vacaciones no gozadas, que se le pagaron al día siguiente, al momento de dejar su cargo.
La denuncia había sido impulsada por el actual director del PAMI Carlos Regazzoni, lo que significó la primera del gobierno de Mauricio Macri por la gestión anterior.
Desde noviembre pasado Di Cesare ya está procesado por el delito de defraudación a la administración pública por haber comprado letras del Tesoro nacional con plata de los jubilados, de 2008 y 2012, en el marco de una causa que sustancia el juez federal Claudio Bonadio.
Pero Lijo lo llamó a indagatoria y ahora lo procesó porque "solicitó al organismo que presidía el abono correspondiente a los días de vacaciones no gozadas, sin tener derecho a su percepción y con conocimiento de que la sustitución del descanso anual -por una compensación monetaria- y la licencia no usufructuada en ese lapso -que caduca con el mero transcurso del tiempo-, infringía lo estipulado en los artículos 157 y 162 de la Ley de Contrato de Trabajo".
En el fallo conocido ayer, el juez Lijo sostuvo: "Las constancias probatorias incorporadas al proceso evidencian que el ex Director Ejecutivo, Luciano Alfredo Héctor Di Cesare; la representante de la Gerencia de Recursos Humanos, María Alejandrina Arrouzet, y el entonces titular de la Subgerencia de Administración Personal, Carlos Alberto Galdo, formaron parte de un plan común tendiente a compensar ilegalmente las vacaciones no usufructuadas por los días trabajados del propio Di Cesare".
"Para ello realizaron aportes inherentes a sus funciones con el fin de consumar el pago. El primero, a cargo de la administración y manejo de los fondos y bienes del organismo, efectuó el requerimiento y cobró el dinero, ocasionándole un perjuicio patrimonial a la administración pública. Los otros dos avalaron su pedido, sabiendo también que no tenía derecho a percibirlo, ante la prohibición expresa de la Ley de Contrato de Trabajo" y para lo cual "llevaron a cabo un procedimiento irregular y disímil al resto de los trámites de ese tipo".
Para el juez, Di Cesare "tenía la obligación de velar por la aplicación diligente del patrimonio a los fines perseguidos por la entidad; debía, mínimamente, bregar por su conservación".
Fuente: Agencia DyN.