Desde julio del año pasado, congresistas, municipalidades, y ahora también el Poder Ejecutivo, se encuentran planteando la necesidad de aprobar una ley contra el ‘terrorismo urbano’, con el fin de sancionar a organizaciones criminales.
De las diez iniciativas legislativas que se han presentado, el legislador de Podemos, Juan Burgos Oliveros, es el autor principal de tres: una que regula los actos de terrorismo, otra que crea la Autoridad Autónoma Contra el Terrorismo (AACT) y finalmente la que incorpora este delito en el Código Penal.
Lo propio hicieron Idelso García y María Acuña Peralta, de Alianza para el Progreso, quien espera conseguir la penalización para esta nueva falta. Por su parte, Héctor Valer, de Somos Perú, propuso una ley que establezca y sancione al terrorismo extorsivo.
Entre los gobiernos locales que enviaron al Parlamento sus propias propuestas están la Municipalidad Provincial de Huarochirí y las comunas de Lima, Los Olivos.
¿Qué cambios se proponen?
La mayoría de los proyectos de ley buscan modificar el artículo 135-B del Código Penal Peruano con el fin añadir la infracción de terrorismo urbano.
Por ejemplo, Juan Bartolomé lo define como el que “de manera individual u organizada (...) crea o mantiene un estado de inseguridad ciudadana en la población o una parte de ella a través de la delincuencia”. En ese sentido, hace hincapié que no es necesario una motivación ideológica para llevar a cabo estas acciones.
Sin embargo, en otra iniciativa legislativa específica que esto se puede dar a través de los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de homicidio, homicidio calificado, sicariato, conspiración, ofrecimiento para el delito de sicariato, robo, robo agravado y extorsión.
La Municipalidad de Lima y de Huarochirí resaltan que debe ser tener en cuenta la utilización de armas de fuego, explosivos, granadas u otros medios en ataques físicos contra las personas.
En el Caso de Los Olivos, incluyen actos contra la seguridad de “los edificios públicos, vías o medios de comunicación o de transporte de cualquier índole, torres de energía o transmisión, instalaciones motrices o cualquier otro bien o servicio”.
Asimismo, sostienen que la Resolución Suprema que declare la naturaleza de la organización terrorista deberá precisar si reconoce o no la condición de grupo beligerante conforme al Derecho Internacional, ya que en este caso se requerirá el refrendo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Como se sabe, otorgarle esta categoría a una organización le da la posibilidad al Estado de llegar a un acuerdo, además de que se exige el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario.
Se menciona, además, que el Congreso, los ministerios de Defensa e Interior, y los Gobiernos Regionales y locales podrán pedir la declaratoria, mientras que el presidente de la República deberá resolver la solicitud en un plazo de tres días hábiles. De lo contrario, el Parlamento lo hará en el mismo lapso de tiempo.
¿Cuál es la propuesta del Ministerio del Interior?
Por su parte, el ministro del Interior, Walter Ortiz, propuso enviar a delincuentes implicados en el llamado ‘terrorismo urbano’ hacia Estados Unidos para que enfrenten la justicia en ese país. Sin embargo, esta figura todavía no ha sido aprobada por el Parlamento.
El constitucionalista Heber Joel Campos tachó la idea de “absurda”, ya que esto podría ocasionar conflictos diplomáticos con el país norteamericano. Por otro lado, el abogado James Rodríguez expresó dudas sobre la viabilidad legal de la medida, mencionando la falta de tratados específicos con EE.UU. que permitan tal procedimiento.
La Misión Internacional de Ciudades Seguras (MIC) sostiene que Lima es uno de los principales focos de criminalidad en Latinoamérica. Distritos como San Martín de Porres, San Juan de Lurigancho y San Juan de Miraflores encabezan las estadísticas de percepción de inseguridad entre sus habitantes, mientras que zonas como Magdalena y San Isidro se consideran relativamente más seguras.