Evasión fiscal: aumentan los controles internacionales

Germán Crocenzi

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En estos días el tema blanqueo de capitales ocupa amplios espacios en los medios de comunicación y hasta se ha convertido en uno de los temas obligados en las charlas de café. Si bien los anteriores no han tenido el éxito esperado, se estima que el presente al menos los duplicará. Ello no es porque los argentinos hayamos cambiado la conciencia, sino porque el mundo se está volviendo más hostil para aquellos que no tienen su situación en regla. Los países centrales están atacando la evasión por el combate, en primera instancia, de los paraísos fiscales. Eso genera que existan cada vez menos lugares donde se puedan evadir las utilidades personales o de las corporaciones para no tributar impuestos. Es decir, las posibilidades de evasión han comenzado a acotarse y mucho.

A su vez, las sucesivas crisis internacionales también han impactado en la recaudación impositiva de muchos gobiernos, lo cual ha llevado a una focalización política creciente sobre la elusión de tributación por parte de las empresas multinacionales.

En ese escenario, y en un lapso de dos años, que indica por su rapidez la importancia del tema, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha lanzado, junto con el G20, un plan de acción, Base Erosion and Profit Shifting, conocido como BEPS, por sus siglas en inglés, con 15 propuestas para desarrollar un sistema tributario que sea adecuado para las multinacionales actuales. Son 15 acciones publicadas en octubre de 2015 que dotan a los países de soluciones concretas para limitar los vacíos normativos existentes a nivel internacional y permiten que los beneficios de las empresas desaparezcan o sean trasladados artificialmente hacia jurisdicciones de baja o nula tributación, en las que se desarrolla una escasa o inexistente actividad económica.

Como consecuencia, en el último año se ha observado un torbellino de proyectos de reformas fiscales a nivel internacional que tiene en vilo a la mayoría de los ejecutivos expertos en temas impositivos. Esta situación, sumada a los mayores requisitos de información que se imponen en muchas naciones en pos de la transparencia fiscal, está afectando a la mayoría de las empresas multinacionales.

En cuanto a precios de transferencia, una de las acciones más importantes es sobre la obligación de los grupos multinacionales de preparar y aportar a las autoridades fiscales el llamado Country by Country Report, en el cual se desagregan por cada entidad legal los montos de ingresos obtenidos, las actividades desarrolladas, los impuestos a las ganancias determinados y a pagar, la cantidad de empleados y activos, entre otros.

En cuanto a Argentina, país que sin ser miembro de la OCDE integra el G20, la última reforma impositiva más significativa en cuanto al tema precios de transferencia fue realizada a mediados de 2013, cuando se cambió el viejo paradigma de paraísos fiscales por el de países no cooperadores, que son aquellos con los que no se han firmado convenios de doble imposición o acuerdos de intercambio de información.

Por otra parte, si bien a la fecha no se han emitido normas específicas en nuestro país que adopten estos nuevos lineamientos, dada su importancia, resultaría razonable esperar novedades al respecto en un futuro cercano. En cuanto a las reformas impositivas para implementar las acciones BEPS en los países de América, se observa, en una gran mayoría, una activa participación con distintos estados de avance.

En ese sentido, países como Estados Unidos y México son los que mayores progresos han realizado para captar las acciones BEPS; incluyen en sus legislaciones impositivas varias de las propuestas. Por su parte, Canadá y Uruguay han remitido a sus respectivos Congresos paquetes de reformas que incorporan algunas acciones.

Islas Bermudas, Chile y Perú públicamente han informado del interés en adoptar los parámetros establecidos por la OCDE y se encuentran trabajando en ello.

Por otro lado, en el resto del mundo, la mayoría de los países de Europa ya las han adoptado, como, por ejemplo, España, Portugal, Francia, Italia, Irlanda, Reino Unido, Bélgica, Dinamarca, Holanda, Austria y Polonia. En los casos de Alemania, Luxemburgo, Noruega, Rusia, Suiza, Suecia y Finlandia, están en trámite de aprobación legal; mientras que China, India, Japón y Australia las han incluido en sus legislaciones.

Cabe resaltar que las reformas impositivas están mayormente enfocadas en la inclusión del Country by Country Report, así como también de los informes de precios de transferencia marco con la descripción de las actividades y los riesgos afrontados por cada una de las subsidiarias. En la mayoría de los casos, debe tenerse presente que los requisitos impuestos a las corporaciones multinacionales de brindar información país por país es a partir de este año.

En función a ello, y dado que las administraciones tributarias tendrán una visión global de las operaciones de las empresas multinacionales, estas deberán prestar especial atención a sus precios de transferencia.

Se espera que la OCDE lleve a cabo una supervisión de la aplicación de las acciones publicadas, lo cual reforzaría la necesidad de mayor celeridad en el tratamiento e inclusión en las normativas de cada país.

 

@GermanCrocenzi

 

El autor es gerente Senior Tax & Legal KPMG Argentina.

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