La revelación de un grupo de familiares y allegados al Gobierno que ingresaron al blanqueo generó una verdadera conmoción dentro de la AFIP. Sin embargo, el titular del organismo, Alberto Abad, pidió por el momento "no levantar olas". La orden es investigar puertas adentro hasta las últimas consecuencias cómo se produjo la filtración de la información, a escasos seis meses de haber finalizado el sinceramiento fiscal (31 de marzo pasado).
El domingo un artículo de Página 12 dio a conocer los nombres de media docena de personas que entraron al blanqueo, entre ellas uno de los hermanos del presidente, un íntimo amigo del entorno y un empresario de primera línea. En total, la suma ingresada al sinceramiento llegó a los 130 millones de dólares. Las preguntas obviamente se desparramaron con rapidez en el mercado porteño: ¿son los únicos o habría más nombres? Lo más probable es lo segundo.
Esta situación generó ayer una serie de nerviosas reuniones en el organismo en las que participó su titular. Aunque no trascendieron los detalles de estos encuentros, sí se supo que el objetivo es realizar una profunda investigación sobre cómo se obtuvo la información y llegó a los medios. La noticia golpeó a la AFIP, que había garantizado el secreto fiscal para aquellos que entraran en el blanqueo.
Incluso el compromiso de mantener bajo siete llaves el secreto fiscal fue uno de los "caballitos de batalla" utilizados por el Gobierno para convencer a muchos de entrar en el régimen de sinceramiento. Pero la protección de la información duró un suspiro.
Dentro de la organización de AFIP existen distintas escalas para proteger la información. Por ejemplo, en el primero de esos escalones está el acceso a datos relativamente básicos de los contribuyentes: si presentó a tiempo la declaración jurada o está al día con el pago de los anticipos de Ganancias o Bienes Personales. Pero en el caso de los nombres y montos de los blanqueadores se supone que se tomaron medidas extremas. Hacen falta varias claves para acceder a los datos y en una última instancia hay un puñado de funcionarios que tienen la "llave" para poder ver esa información.
Habría una segunda forma un poco más sencilla de llegar a la suma blanqueada, aún sin acceder a la información precisa. Consiste en comparar la declaración jurada de bienes personales del año 2015 con la de 2016, que ya la mayoría presentó ante la AFIP. La diferencia entre una y otra en la mayoría de los casos corresponde a los activos ingresados al blanqueo, aún sin tratarse de un monto exacto.
Los funcionarios que develaron la información relacionada con el blanqueo podrían ser condenados con penas de prisión de hasta dos años.
Funcionarios optaron por no convalidar ni desmentir las cifras publicadas por un motivo obvio: ellos mismos estarían develando una información supuestamente protegida por el secreto fiscal.
Por otra parte, nadie desconoce que dentro de AFIP conviven los funcionarios nombrados por este Gobierno y los que quedaron de la actual administración kirchnerista. A ese grupo le estaría apuntando ahora Abad para determinar de qué manera se produjo la filtración, que en cierto modo empaña el logro récord obtenido en el sinceramiento fiscal.
Tan sensible es la información revelada, que en el proyecto original de sinceramiento fiscal se habían definido sanciones para los periodistas que divulguen la información. Pero el artículo desapareció rápidamente en la discusión legislativa.
El artículo 87 de la ley de Sinceramiento Fiscal establece en forma concreta la obligación de mantener en secreto la información sobre quienes entraron al blanqueo: "los magistrados, funcionarios, empleados judiciales o dependientes de la Administración Federal de Ingresos Públicos, están obligados a mantener el más absoluto secreto de todo lo que llegue a su conocimiento en el desempeño de sus funciones sin poder comunicarlo a persona alguna, ni aun a solicitud del interesado", señala. Y agrega que "quienes divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con las declaraciones voluntarias y excepcionales reguladas por esta ley incurrirán en la pena prevista por el artículo 157 del Código Penal". Ese artículo establece penas de prisión de uno a dos años e inhabilitación de uno a cuatro años por divulgar información secreta.
Los periodistas y comunicadores sociales, así como los medios de comunicación y sus responsables legales, por motivos de interés público, fueron expresamente exceptuados de dicha penalidad.