Marcha atrás del Gobierno: suspenden por 180 días el impuesto sobre renta financiera para extranjeros

El ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, confirmó la suspensión hasta analizar el impacto. Se había publicado ayer en el Boletín Oficial

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El nuevo esquema de retención
El nuevo esquema de retención de Ganancias a los extranjeros dueños de una empresa en la Argentina. (Adrián Escandar)

"Recalculando". El gobierno de Cambiemos dará marcha atrás con la resolución que publicó el martes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que reglamentó la retención del impuesto a las Ganancias a los extranjeros que vendan acciones de sus empresas en la Argentina.

"La resolución se suspenderá hasta analizar su impacto", confirmó el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, en la conferencia de prensa en la que presentó el resultado fiscal del primer semestre. La medida que reglamentaba el cobro del impuesto que se había aplicado en 2013 generó ruido en el mercado, y la incertidumbre se había instalado en la City.

Según supo Infobae, el organismo recaudador no había generado un espacio de diálogo con la Comisión Nacional de Valores (CNV) por este tema, y es por eso que la medida los tomó por sorpresa.

A través del Boletín Oficial, el organismo conducido por Alberto Abad había reglamentado la retención del impuesto a las Ganancias a los extranjeros que vendan acciones de sus empresas en el país. La medida se enfoca en las compañías privadas que no cotizan en la Bolsa de Comercio. En este caso, el gravamen es de un 15% sobre el 90% de la operación, un 13,5% sobre el total.

Para la AFIP la norma buscaba determinar quién será responsable de informar y pagar el gravamen cuando los compradores y vendedores sean extranjeros.

Había dos escenarios en los que los empresarios extranjeros iban a pagar el impuesto (que quedaría suspendido hasta nuevo aviso):

• Si un argentino o extranjero le compra a un extranjero que reside fuera del país su empresa radicada en la Argentina. En este supuesto, el vendedor se hará cargo de retener el impuesto para luego transferirlo a la AFIP.

• Si en la operación participa un intermediario financiero, que será la figura que pagará el impuesto.

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