El nuevo proyecto para modificar el impuesto a las Ganancias que llegó al Senado obtuvo dictamen para ser tratado este miércoles en la Cámara Alta, y -en sus 20 páginas- hay novedades que no habían sido anunciadas en las conferencias de prensa. Tampoco en las reuniones con el sindicalismo y los gobernadores.
Más allá de querer rebautizar el impuesto a las Ganancias por "Ingresos del Trabajo Personal en Relación de Dependencia y otras rentas", el proyecto opositor unificado -entre otros puntos clave- insiste en que los jueces comiencen a pagar el gravamen, pero agrega también a funcionarios y empleados del Poder Judicial, que antes no estaban contemplados.
Será para los que sean nombrados, ingresen o empiecen a trabajar a partir del 1 de enero de 2017, mientras que los anteriores seguirán sin pagar el impuesto. "En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las Provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive", dice el texto oficial.
“En la Corte todos estamos a favor de que los jueces paguen ganancias”, dijo Lorenzetti.
El diputado nacional del Pro por la Ciudad de Buenos Aires, Pablo Tonelli, había presentado en noviembre una iniciativa para que los magistrados comiencen a pagar ganancias. El legislador apuntó en su proyecto a la necesidad de fomentar y respetar el principio constitucional de igualdad en las cargas públicas.
Voces a favor
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, y la jueza del máximo tribunal Elena Highton de Nolasco, respaldaron la iniciativa. “En la Corte todos estamos a favor de que los jueces paguen ganancias”, dijo Lorenzetti.
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“Lo que trabó el tema fue su complejidad, no la voluntad política de la institución. Y esa complejidad está dada por una cantidad de vínculos y adherencias que engloban a todo el país”, explicó el titular de la CSJ.
Hace poco más de 20 años, a través de una acordada del 11 de abril de 1996, la Corte Suprema de Justicia señaló que no se podía aplicar la ley mediante la cual se derogaban las exenciones para jueces y funcionarios judiciales. Al respecto, la Corte dijo: “La intangibilidad de las compensaciones de los jueces no constituye un privilegio sino una garantía, establecida por la Constitución Nacional para asegurar la independencia del Poder Judicial”.
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