El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló este martes en favor de que los organismos de administraciones públicas del bloque puedan prohibir a sus empleados la portación de cualquier tipo de símbolo religioso visible. Según explicaron en la sentencia, se trata de una medida con la que se intenta preservar una “estricta neutralidad” en la materia.
“Una administración pública podrá prohibir el uso visible en el lugar de trabajo de cualquier signo que revele convicciones filosóficas o religiosas”, comienza el texto final dado a conocer en las últimas horas y agrega que “la política de estricta neutralidad que una administración pública impone a sus empleados con vistas a instaurar en su seno un entorno administrativo completamente neutro puede considerarse que está objetivamente justificada por una finalidad legítima”.
No obstante, a continuación el texto menciona que “está justificada, igualmente, la elección de otra administración pública que abogue por una política que autorice, de forma general e indiferenciada, el uso de signos visibles de convicciones, en particular, filosóficas o religiosas”, dejando así la puerta abierta a que cada organismo de los Estados miembro y las entidades subnacionales interpreten y apliquen la norma según definan.
A pesar de esta última anotación, la sentencia en su conjunto generó repudio ya que fue considerada por muchos discriminatoria y, por otro lado, como una violación a la libertad de religión y de expresión.
El TJUE respondió a estas acusaciones explicando que, si bien las manifestaciones de religión o convicciones personales a través de signos o prendas están protegidas por la libertad de pensamiento, conciencia y religión, no se trata de discriminación siempre y cuando sea aplicada de manera general e “indiferenciada” sobre todo el personal, y si se limita a lo estrictamente necesario. A su vez, insistió en su voluntad por establecer políticas de neutralidad coherentes, sistemáticas y proporcionadas, con claridad legal.
El origen de esta sentencia se remonta a un caso ocurrido en Ans, donde a dos empleadas del ayuntamiento se les prohibió el uso de su velo islámico, incluso a pesar de que una de ellas no estaba en contacto con el público. Las mujeres, una asistente de personas con discapacidad y una cajera, cuestionaron la medida y se negaron a acatarla, lo que les costó una serie de acciones disciplinarias y cambios en sus puestos de trabajo.
Una de ellas manifestó su descontento ante la Justicia local, en el tribunal de Lieja, donde la administración de Ans defendió su cambio de reglamento alegando neutralidad, algo que el TJUE acabó por respaldar.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es el ente encargado de garantizar que la legislación en el bloque sea interpretada y aplicada de manera correcta y pareja en cada uno de los países miembro y que, a su vez, éstos y las instituciones que en ellos funcionan la acaten.
Así, es también uno de los actores clave en sucesos geopolíticos recientes, como por ejemplo la guerra de Rusia en Ucrania, ya que interfiere y confirma las sanciones contra Moscú.
Sin ir más lejos, el pasado 8 de noviembre el Tribunal dio lugar a la inmovilización de los fondos del propietario y director de la empresa fabricante de productos químicos Uralcem, Dmitry Arkadievich Mazepin, quien se había reunido con Vladimir Putin en febrero de 2022 para debatir cómo seguir frente a estas restricciones.
(Con información de AFP)