Los solicitantes de visas de Irán, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen deben tener una relación cercana con un familiar estadounidense o vínculos formales con una entidad de ese país para ser admitidos en los Estados Unidos, según la guía distribuida por el Departamento de Estado.
El documento define una relación familiar cercana como la de un padre, cónyuge, hijo o hija menor, hijo o hija adulto, yerno, nuera o hermano, hermanastro, padrastro y madrastra, según una copia de un cable distribuido a todos los puestos diplomáticos de los Estados Unidos y al que Reuters tuvo acceso.
El cable dice que la familia cercana "no incluye abuelos, nietos, tías, tíos, sobrinas, sobrinos, primos, cuñados y cuñadas, novios y novias y cualquier otro miembro de la familia 'ampliada'".
También especifica que cualquier relación con una entidad estadounidense "debe ser formal, documentada y estar formada en el curso ordinario, en lugar de tener como propósito evadir la O.E.", una referencia a la orden ejecutiva del 6 de marzo del presidente estadounidense, Donald Trump, que veta durante 90 días el ingreso de los ciudadanos de esas seis naciones.
El cable brinda asesoramiento a los funcionarios consulares de los Estados Unidos sobre cómo interpretar la decisión de la Corte Suprema del lunes que permitió la implementación de parte de la orden ejecutiva, que había sido bloqueada por cortes inferiores, mientras el tribunal considera el asunto.
Consultado sobre la guía emitida el miércoles por la noche, el Departamento de Estado declinó comentar sobre sus comunicaciones internas.
(Con información de Reuters)
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