La insólita demanda de un hincha del Atlético de Madrid a la UEFA por USD 1.700

El fanático reclama ser indemnizado por el gol de Sergio Ramos, en la final de la Champions League disputada en Milán, que fue en fuera de juego. Su abogado entiende que eso vulneró sus derechos como consumidor

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El socio número 8.856 del Atlético de Madrid, José Antonio Campón, presentó una demanda contra la UEFA y el árbitro, Mark Clattenburg, por el gol del Sergio Ramos en posición adelantada, en la final de la Champions League del 28 de mayo del 2016.

El fanático reclamó por daños y perjuicios tras entender que ese gol, que no fue anulado, "alteró la competición, beneficiando a uno de los dos equipos".

José Antonio Campón pidió una indemnización por la falla arbitral
José Antonio Campón pidió una indemnización por la falla arbitral

"Si vas al cine y no hay sonido, te devuelven el dinero. Esto es lo mismo. Hay una normativa y se ha incumplido. Dirigimos la reclamación al empleador (UEFA) y su empleado (el árbitro) como responsables", aseguró Carlos Méndez, su abogado.

Méndez pone el ticket de entrada a nivel de un contrato, al cual el espectador se adhiere y espera que las normas dentro del mismo se cumplan.

"Reclamamos una cantidad razonable, no se trata de hacerse millonario con esto", argumentó. 1700 dólares pidió el fanático: 170 dólares por la entrada y el resto por los daños morales causados.

El fuera de juego de Sergio Ramos le daba la victoria parcial al Real Madrid
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Demandamos al sistema para que se apliquen medios técnicos que existen y ya se usan en otros deportes. Estos errores siempre van en perjuicio de los débiles

A su vez, tanto la víctima como su abogado, aseguraron que se debe usar la tecnología en el fútbol para no llegar a estos casos: "Se pueden y se deben mejorar las normas. En el tenis, el Ojo de Halcón tuvo detractores al principio y ahora está totalmente instalado. Si nuestra demanda se admite, va a ser aplicable a nivel europeo y cualquier espectador que se vea afectado por un engaño podrá reclamar".

La demanda se basó en la Ley de Consumidores y Usuarios y no admite apelación porque el monto no es extravagante. Es por eso que la sentencia, de producirse, sería definitiva, y tampoco pueden aplicársele costas judiciales.

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