Pacto entre Cartes y Lugo para habilitar la reelección presidencial en Paraguay

Tensión en el Parlamento paraguayo por una enmienda que permitiría la reelección presidencial

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El izquierdista Frente Guasú y el conservador Partido Colorado trabajan desde hace semanas en la redacción de un proyecto de enmienda constitucional para ser presentado en el Senado, que ya lo rechazó en agosto.

Los colorados buscan que el presidente Horacio Cartes pueda ser candidato en las elecciones presidenciales de abril de 2018, y el Frente Guasú busca el mismo objetivo para el ex presidente Fernando Lugo. En la actualidad, ninguno de los dos puede ser candidato. El primero por estar en ejercicio de la presidencia y el segundo por haberlo estado.

La maniobra elevó la tensión entre quienes están a favor y en contra de la enmienda constitucional como vía para habilitar la reelección presidencial.

En este escenario, el vicepresidente segundo del Senado de Paraguay, Julio César Velázquez, habilitó hoy el trámite de un proyecto relacionado con la polémica reelección, una acción calificada como "golpe parlamentario" por diversos legisladores que consideran que se atribuyó funciones del presidente de la Cámara.

Velázquez, del partido gobernante, dio luz verde a un pedido de cambio del reglamento interno del Parlamento. Si esa modificiación se aprueba, entonces se podría volver a discutir una enmienda constitucional para habilitar la reelección.

Buscan cambiar dos artículos del reglamento interno; el 41 inciso ll, para evitar que el presidente del Senado pueda retener el proyecto, tal como está habilitado actualmente; y el 117, que establece que una moción presentada "sobre tablas" para estudiar un proyecto que no tenga dictamen de comisión requiere para su aprobación una mayoría de dos tercios de votos, es decir 30. Con la modificación, solo se necesitarían 23 votos.

Quienes rechazan la enmienda, como el Partido Liberal, aducen que es inconstitucional y alegan que la reelección solo se puede dar a través de una reforma de la carta magna. Afirman que según el artículo 290, "no se utilizará el procedimiento indicado de la enmienda, sino el de la reforma, para aquellas disposiciones que afecten el modo de elección, la composición, la duración de mandatos o las atribuciones de cualquiera de los poderes del Estado…".

Además señalan que ese proyecto no puede volver a ser tratado hasta pasado un año de su anterior tratamiento, en agosto pasado, según la reglamentación parlamentaria.

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