La denuncia fue realizada en 2010 por uno de los apoderados legales de ANSES, Andrés Gutiérrez, quien denunció una asociación conformada por funcionarios y empleados de ANSES, abogados y futuros beneficiarios relacionados al trámite de expedientes jubilatorios, con el objeto de perjudicar patrimonialmente al organismo y en consecuencia defraudar económicamente al organismo. Alberto Armesto, titular de la UDAI Campana, está en el cargo desde el año 2009, cuando fue designado por Amado Boudou.
En la presentación judicial se puso en conocimiento sobre diversas irregularidades detectadas en ANSES, en los trámites de al menos 99 expedientes administrativos relacionados con la liquidación del "Suplemento Régimen para Investigadores Científicos y Tecnológicos". Este régimen es exclusivo para trabajadores profesionales universitarios de escalafón "A". Gutiérrez señaló que en la mayoría de los casos se incumplieron pasos y procedimientos legales y que muchos de los beneficiarios no eran investigadores, científicos, ni poseían título universitario. Fueron trabajadores que se desempeñaron en las centrales de Atucha I, Embalse y en la empresa Nucleoeléctrica Argentina SA (NASA), la cual nunca se dedicó a hacer investigaciones científicas, según consta en la causa que lleva adelante el juez Adrián González Charvay, del Juzgado Federal de Campana.
Mozos, mucamas, telefonistas, ayudantes, operarios, choferes, inspectores, administrativos, electricistas, auxiliares y mecánicos. Estas son algunas de las profesiones que cumplieron los 99 beneficiarios que, representados por tres abogados que hoy están procesados en la causa, iniciaron trámites jubilatorios especiales en la sucursal Campana de ANSES, los cuales tuvieron un trámite preferencial y por el cual se defraudó al Estado en casi 17 millones de pesos. La mayoría de estos trámites fueron presentados por los letrados patrocinantes Esther Ghessi, Carlos Robert y Elba Huck.
En la causa constan algunos ejemplo bastante gráficos: Ghessi pidió el benefició de Hugo Iannantuono y de Gabino Godoy, quienes eran chofer y herrero, respectivamente. Robert requirió por Alfredo De Angelis y Argentina Frattini , electricista y puericultora y Huck, lo hizo respecto de Alejandro Aguado y Jorge Escutia, especialista mecánico y jefe del sector automotores.
En varios de los casos, la sucursal Campana de ANSES otorgó ajustes computando la aplicación del 85% móvil, contra la presentación de un simple escrito del abogado representante y certificados sin validez emitidos por el empleador. Incluso muchos de los expedientes fueron iniciados, liquidados y supervisados por el mismo funcionario incumpliendo normas legales básicas de control. La mayoría de los trámites iniciados, correspondían a empleados categoría "B", ya que el requisito indispensable que definía la inserción en el escalafón "A" era contar con título universitario.
Los procesados, acusados del delito de defraudación agravada por haberse cometido en perjuicio de la Administración Pública, son los siguientes: Alberto Armesto (jefe ANSES Campana), Graciela Aguirre, Sandra Coronel, Bibiana Lemes, Patricia Arrighetti y Luisina Tejero del Mármol (empleados de ANSES) y los abogados Carlos Robert, Elba Huck y Amanda Ghessi. Los embargos trabados sobre los procesados van desde un millón hasta cuatro millones de pesos y no se dictó prisión preventiva en ninguno de los casos.
La denuncia señala que las maniobras de fraude se repetían como un calco, y en todos los casos fueron tramitados bajo la órbita de competencia de los mismos agentes y asentadas en la oficina ANSES de Campana. Desde allí, los acusados se valieron de su total dominio del hecho para pergeñar la estafa, pasando por alto todos los estándares de control y supervisión establecidos.
Las maniobras fueron tan burdas y sistemáticas, que figuran en el escrito varias declaraciones de algunos beneficiarios arrepentidos, quienes luego de trabados y dados de baja los beneficios, reconocieron que los montos de los haberes reclamados en estos trámites no les correspondían y que fueron "convencidos" bajo presión de algunos de los abogados que también figuran procesados en la causa.
Precisamente algunos beneficiarios entrevistados por ANSES, al momento de explicarles la anulación de estos irregulares trámites, confesaron sentirse angustiados y deslizaron que sabían que estos beneficios no les correspondían, que "los abogados les sacaban un montón de plata del cobro del retroactivo", y señalaron que habían tomado contacto con los abogados en el ámbito de sus empresas por recomendación de "boca en boca", ya que eran conocidos. Incluso algunos se mostraron preocupados porque sabían que habían percibido un beneficio ilegítimamente y preguntaron cómo se lo iban a descontar.
Cuando se les preguntó para profundizar sobre los abogados, refirieron que uno era Robert y la otra Ghessi, que los beneficiarios manifestaban que los abogados le cobraban el 30% de la suma obtenida de los retroactivos, señalando además que el Dr. Robert se desentendió de los beneficiarios al momento de las nulidades de los beneficios y que ni Robert ni Ghessi les firmaban ningún papel ni comprobante.
Una de las irregularidades más llamativa consistió en la inexistencia de la presentación de los correspondientes formularios PS 6273 de ANSES, obligatorios para solicitar el suplemento de investigador científico al momento del pedido del reajuste de haberes. En su reemplazo, se presentaban simples certificados expedidos por los supuestos empleadores, sin ninguna validez oficial.
Amén de la ausencia sistemática de los correspondientes Formularios PS 6273, se comprobó que en ninguno de los casos la oficina ANSES de Campana verificó que los certificados laborales en cuestión hayan sido efectivamente expedidos por los empleadores ya que, al carecer de los requisitos de la reglamentación se debería haber mandado, como medida mínima, a verificar el haber junto a los servicios del solicitante para corroborar la veracidad de la información.
La causa fue elevada a juicio el pasado 27 de abril. Ahora, mediante el Sistema de Gestión Integral de Expedientes Judiciales, se deberá realizar el sorteo correspondiente para conocer qué Tribunal Oral deberá intervenir en la próxima etapa de este juicio.