El derrame de cianuro en San Juan reavivó el debate sobre la Ley de Glaciares

A 5 años de su aprobación, la normativa que protege estos recursos naturales estratégicos no se cumple. La explotación por parte de la Barrick Gold en Veladero ocurre en una zona alcanzada por la ley

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 NA 162
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El pasado 12 de septiembre, un millón de litros de solución cianurada enriquecida fueron vertidos en la provincia de San Juan, poniendo en riesgo la salud de la población y del medioambiente. Por la filtración tendrá que hacerse cargo la minera Barrick Gold; pero ¿quién se hace responsable de que esta empresa siga operando en una zona protegida por la Ley de Glaciares?

Está claro: el emprendimiento Veladero explota oro a cielo abierto dentro de la Reserva de Biósfera de San Guillermo básicamente porque, a exactamente cinco años de que Argentina se convirtiera en el primer país del mundo en sancionar una ley de protección de glaciares, la normativa no se está cumpliendo.

Para entender mejor la gravedad de la situación, retrocedamos en el tiempo: en septiembre de 2010 se aprobó la ley 26.639 de "Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial". La norma consideró los glaciares recursos naturales estratégicos y estableció los presupuestos mínimos para su conservación que implica, por ejemplo, la realización de un inventario nacional de glaciares y ambiente periglacial, la prohibición de actividades tales como la minería y la explotación hidrocarburífera sobre éstos y en su ambiente, y la realización de auditorías ambientales a los proyectos industriales en ejecución.

Además, según indica el artículo 15, el área donde se ubican los proyectos en ejecución debe ser considerada prioritaria, el inventario debió comenzarse allí de "manera inmediata".

Pero hecha la ley, hecha la trampa: la falta de reglamentación de este artículo permitió que esas "zonas prioritarias" nunca se identificaran. Esto hizo que el emprendimiento Veladero de la Barrick Gold pudiera seguir explotando oro a cielo abierto sobre glaciares y ambiente periglaciar; y generara entre otros impactos que un millón de litros de agua cianurada fueran vertidos al ambiente.

El Gobierno de San Juan hizo todo lo posible para que la ley nacional no se aplique, y bajo el consentimiento de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS), su órgano de aplicación, lo consiguió. Los inventarios realizados en base a leyes provinciales sólo facilitan el accionar de las mineras y dejan sin protección los últimos reservorios de agua dulce de nuestra cordillera.

Así las cosas, cumplido el plazo para realizar los inventarios, en el sitio web donde deberían estar publicados, sólo aparecen los resultados de lo hecho en Mendoza, donde, casualmente, no hay minería de oro a cielo abierto sobre glaciares.

Según datos que maneja el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), organismo responsable de la realización del inventario, Sudamérica tiene cerca de 25.500 km2 cubiertos por glaciares. Un 75 por ciento del área total está ubicada en Chile, y nuestro país ocupa el segundo lugar con cerca del 15 por ciento del área total, lo que lo convierte en uno de los pocos del mundo con miles de kilómetros cuadrados de glaciares.

También en uno de los pocos en los que una ley nacional sancionada hace ya cinco años se escurre como el millón de litros de agua cianurada en Veladero.

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