El fiscal ante la Cámara Federal Germán Moldes había denunciado a la Procuradora del Tesoro de la Nación, Angelina Abbona, por haber utilizado los recursos del Estado para hacer una presentación en defensa de Cristina Kirchner cuando la causa por la presentación del fiscal Alberto Nisman recién había comenzado.
El caso les tocó por sorteo al juez Sebastián Casanello y al fiscal Ramiro González. El fiscal impulsó la acción penal pero el juez Casanello desestimó el caso por inexistencia de delito.
La Procuración del Tesoro había presentado un escrito para defender lo actuado por Cristina Kirchner respecto del Caso AMIA. "Ninguna actuación de las autoridades del gobierno argentino tuvo por objeto la desincriminación de los ciudadanos iraníes, en particular aquellos alcanzados por las notificaciones rojas de Interpol", dice el texto que firmó Abbona junto a los subprocuradores Horacio Pedro Diez y Javier Pergament. Moldes basó su denuncia contra Abbona, Diez y Pergament en tres aspectos. El fiscal señaló que la denuncia de Alberto Nisman no estaba dirigida contra el Estado Nacional; en cambio sí se imputó a funcionarios públicos y a otros ciudadanos que no ostentan cargos públicos. El segundo cuestionamiento de Moldes se funda en que cuando Abbona presentó el escrito, todavía no existía la causa judicial porque el fiscal Gerardo Pollicita no había impulsado la investigación a cargo del juez federal Daniel Rafecas. En el tercer punto se explica que en la Procuración se habrían utilizado los recursos de ese organismo público para la defensa de particulares. Consideró que los Abbona y sus segundos habían cometido el delito de peculado de servicios.
Los camaristas Martín Irurzun, Horacio Cattani y Eduardo Farah anularon la decisión de cerrar la causa tomada por Casanello y determinaron que se debe sortear otro juez para que se investigue el caso.
En su resolución los camaristas señalaron que Casanello "prescindió de valorar la necesidad de conocer los pormenores que rodearon a los hechos, para determinar su eventual relevancia penal".
Para Irurzun, Cattani y Farah, Casanello debió haber tomado algunas medidas antes de cerrar la causa tal como lo había sugerido el fiscal González: " (el caso) ... exigía atender a la hipótesis de la fiscalía recabando los elementos pertinentes para averiguar, como mínimo, (i) qué constancias registrales (sea escritas o digitales) hay en la órbita de la Procuración del Tesoro, de donde surjan las actividades internas previas a la presentación en sede judicial –forma de inicio, número de legajo u otro modo de individualización, etc.-; (ii) qué condiciones concretas rigen la actuación del órgano en supuestos como el descripto en la denuncia; (iii) en sintonía con lo anterior, si existen antecedentes análogos a los de este caso; y (iv) cuáles son, desde la perspectiva de los eventos aquí tratados, las particularidades relevantes del expediente n° 777/15, requiriendo copias certificadas de sus partes pertinentes. Nada de ello se hizo previo a desestimar la causa. Y esa omisión priva de validez a la resolución apelada".
Casanello fue apartado por la Cámara Federal. Y el caso, por sorteo le tocó al juez federal Sergio Torres.
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