Pesificación de deudas: el nuevo Código Civil puede generar interpretaciones distintas

Lo admitió el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti. Dijo que una ley específica o las sentencias de los jueces deberán aclarar la cuestión. El texto aprobado por el Congreso dispone que las deudas contraídas en moneda extranjera se pueden cancelar en su equivalente en pesos

Guardar
 www.cij.gov.ar 162
www.cij.gov.ar 162

"Nosotros habíamos reproducido el régimen de la convertibilidad. Luego se hicieron modificaciones que dan lugar a interpretaciones distintas. O se aclarará por una ley específica o deberá ser aclarado por la jurisprudencia", declaró Ricardo Lorenzetti durante una exposición organizada por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

El presidente de la Corte estuvo a cargo de la comisión que redactó el anteproyecto de código unificado. El texto sufrió algunas modificaciones por parte del Poder Ejecutivo y finalmente fue sancionado por el Congreso. La ley aprobada incluye el artículo 765, cuyo texto habilita la cancelación de deudas contraídas en moneda extranjera a tipo de cambio oficial.

El ministro de Justicia Julio Alak y hasta la presidente Cristina Kirchner declararon en público que el espíritu del nuevo Código defiende la libertad de las partes para realizar contratos en la moneda que lo deseen. Así, las deudas en dólares deberían saldarse en dólares. Sin embargo, en el ambiente académico continúan vigentes las dudas. El Colegio de Abogados fue uno de los sectores que elevaron objeciones sobre este punto.

"Nosotros habíamos puesto como regla general lo que dice la ley vigente, que se debe dar la misma moneda que se pactó. Acá se incorporó la opción de devolución en moneda nacional. Es una vieja disposición que tiene una gran interpretación jurisprudencial", analizó.

El presidente del principal tribunal de justicia del país aseguró que los jueces cuando interpretan una norma lo hacen teniendo en cuenta un sistema jurídico. Recordó que el nuevo Código tiene muchas normas que pueden aclarar la cuestión si el legislador no se pronuncia. A modo de ejemplo, recordó que la comisión redactora incluyó un artículo para el caso de los contratos bancarios que obliga al deudor a devolver la misma moneda que depositó el acreedor. "Esto fue un gran reclamo, no sé si se acuerdan que en la Argentina hubo pesificación", bromeó ante una tribuna repleta de abogados que agotaron la capacidad del Teatro San Martín, en donde se realizó la charla.

"Luego también hay normas referidas a la obligatoriedad de los contratos. El principio de fuerza obligatoria de los contratos. Y normas relativas a las obligaciones de valor, algo que fue muy trabajado por la doctrina. Si nosotros vemos la jurisprudencia y la doctrina hasta ahora, es claro que la tendencia va a seguir interpretando de la misma manera como se interpretó hasta ahora", vaticinó.

"Un anteproyecto adelgazado pero no deformado"

El presidente de la Corte aseguró que el nuevo Código Civil es consecuencia de un debate en el ámbito académico del que participaron "todos los que quisieron hacerlo". Dijo que el texto buscó receptar el trabajo de la jurisprudencia y de la doctrina y dividió en tres aspectos los cambios que introdujo el Poder Ejecutivo.

"Los aspectos controvertidos, por ser controvertidos, se remitieron a una ley especial. Es el caso, por ejemplo, de la ley de responsabilidad civil", explicó. En ese mismo escalón ubicó a las cuestiones vinculadas con los embriones no implantados y las regulaciones sobre la propiedad indígena.

El segundo tipo de cuestiones son temas que fueron eliminados y no se remitieron para ser tratados por una ley especial como es el caso de la protección de derechos individuales homogéneos o el derecho al agua potable. Igualmente estos vacíos legales podrán ser subsanados en una segunda instancia por leyes del Congreso.

Finalmente están los artículos que fueron modificados por la Presidencia de la Nación, como es el caso de las obligaciones de dar sumas de dinero. "Esto puede dar lugar a dos alternativas: que la doctrina haga un esfuerzo interpretativo y se vaya aplicando o bien que exista alguna ley modificatoria", resumió.

No obstante, Lorenzetti aseguró que el proyecto final mantiene la estructura que había pensado la comisión redactora y en la gran mayoría de los temas no hubo grandes modificaciones. "Lo que ha quedado es el anteproyecto adelgazado", evaluó.

Antes de cerrar su participación, dijo que la sanción de la norma es el esfuerzo generacional de 30 años y debe ser valorado, más en una sociedad donde cuesta mucho realizar obras colectivas. "Esto es un gran homenaje a nuestros profesores", completó.

Guardar