"El tema está rondando alrededor del alquiler de películas, pero en realidad esa es la punta del iceberg. Hay una enormidad de consumos (por internet) que hoy se realizan desde la Ciudad de Buenos Aires sobre empresas que no están radicadas en el país, que no tienen número de CUIT, que no están inscriptas y que por ende no están tributando", advirtió el titular de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) porteña, Carlos Walter.
Este martes, el gobierno porteño anunció a través del Boletín Oficial que comenzará a cobrar una tasa de 3% a todos los servicios online de películas, series, música y videojuegos que no tributen en el país. La medida despertó el rechazo no sólo de las redes sociales, sino también de la propia presidente Cristina Kirchner y hasta de algunos legisladores del PRO.
El jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, todavía no hizo declaraciones al respecto. A cargo de la defensa de la medida quedó Carlos Walter, quien justificó la decisión de retener un 3% de la facturación de esas empresas en concepto de Ingresos Brutos. "Supongamos que usted juega a ese jueguito en el que van cayendo los caramelitos. El Candy Crush. Compra vidas, pone su tarjeta de crédito y a fin de mes o cuando vence su resumen le llega el monto debitado en su tarjeta. Usted no está recibiendo ninguna factura. No está sabiendo ni a quién le está comprando ni a qué país de destino tiene ese dinero", fue la insólita explicación que el funcionario atinó a dar en una entrevista con Radio del Plata.
La AGIP reconoció que las empresas pueden subir sus tarifas: "Lo que haga el señor que no paga los impuestos es un problema de él"
Primero, Walter intentó alegar que "el usuario jamás se va a ver afectado" por el cobro de la tasa, ya que la que debe pagarla es la empresa prestadora del servicio. Pero, consultado acerca de si esa retención no le será trasladada a los usuarios, reconoció que quedará a criterio de cada compañía: "Lo que haga el señor que hoy no paga los impuestos y por ende es un evasor es un problema de él. Lo que sí voy a aclarar es que va a estar en igualdad de condiciones que otro que sí paga sus impuestos. Hoy están compitiendo en ese precio con uno que sí lo está pagando".
"Si toman la decisión de trasladarlo, entonces los usuarios que compran eso podrán analizar si le siguen comprando al que aumenta los precios o al otro que venía compitiendo con el que no pagaba los impuestos, aquella persona que tiene un local a la calle, que paga el alquiler, el ABL del local y también paga Ingresos Brutos cada vez que vende un juego, una actualización o una película", justificó.
Más tarde, a través de un comunicado, la AGIP aclaró que la Resolución 593 alcanza "a los abonos para películas, series y otros tipos de entretenimiento audiovisual que se transmiten por internet a televisores, computadoras y otros dispositivos, como así también a la suscripción para comprar y/o alquilar contenidos digitales relacionados con música, juegos, videos o similares". "No alcanza a libros, que ya se encuentran exentos en sus versiones tradicionales, ni a programas operativos para computación", especificaron.
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