La Corte Suprema instó al Gobierno a pagar los juicios a los jubilados que ya tienen sentencia

Para evitar la situación de colapso, también pidió al Congreso que evalúe crear nuevos tribunales. Y resolvió que la Cámara Federal de Seguridad Social de la Ciudad deje de ser el único órgano revisor de segunda instancia. El titular de la Anses, Diego Bossio, contradijo a los miembros del máximo tribunal

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Télam
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La Corte Suprema de Justicia decidió darle impulso a la gran cantidad de juicios en los que los jubilados reclaman que se les reajusten sus haberes: en aras de acelerar los procedimientos, exhortó al Poder Ejecutivo a que pague los juicios por medio de la Anses y decidió descomprimir la situación de "colapso" que atraviesa la Cámara Federal de Seguridad Social al librarlo de ser el único tribunal que funciona como segunda instancia revisora.

En la acordada, los jueces de la Corte instaron a la Anses a que "como Jefe de la Administración Central" disponga lo necesario para el pago de los juicios jubilatorios, en lugar de apelar las sentencias, una práctica habitual que termina por dilatar los procesos indeterminadamente. Solicitaron "que las agencias bajo su ámbito lleven a cabo un acatamiento institucional de las decisiones reiteradamente tomadas por esta Corte como Tribunal superior, en materia de determinación de haber inicial, de movilidad del haber, y de toda otra materia".

Para hacer frente a la enorme cantidad de juicios que existen en esta área, la Corte también llamó al Congreso de la Nación a que "considere la necesidad o conveniencia de poner en ejercicio sus facultades legislativas a fin de crear nuevos tribunales con competencia en materia de seguridad social, de dictar las disposiciones que permitan abreviar los procedimientos por los cuales tramitan esa clase de asuntos".

En otro orden, los magistrados pidieron al Ministerio Público que intervenga para acelerar los procesos y al Consejo de la Magistratura para que garantice la provisión de recursos materiales y humanos a la Cámara Federal de Seguridad Social, a la par que a esta última la exhortó a habilitar días y horarios para agilizar el trámite de las causas.

En el marco de una disputa de competencia entre la Cámara Federal de Tucumán y la de Seguridad Social de la Capital Federal, la Corte intervino para que se descomprima la situación de este último tribunal, pues por ley era el único que intervenía en segunda instancia para revisar todos los casos a nivel nacional.

En ese sentido, la Corte declaró la inconstitucionalidad del artículo 18 de la Ley 24.463 que fijaba que el Tribunal de Seguridad Social con asiento en Capital Federal era la única instancia revisora a nivel nacional, y ahora, según la jurisdicción, intervendrán las cámaras federales. Es que fue la propia Cámara Federal de Seguridad Social la que acusó un "colapso" por la gran cantidad de expedientes que tiene en su poder; en lo que va del año ya ingresaron 11.260 casos.

"El presente conflicto de competencia debe ser resuelto en el marco del colapso en que se encuentra la Cámara Federal de Seguridad Social debido a la sobrecarga de expedientes", advirtieron los jueces. "La crítica situación señalada impacta directamente en uno de los grupos vulnerables que define nuestra constitución: los jubilados, que no logran obtener respuestas de los jueces cuando efectúan un reclamo en torno a su prestación previsional", agregaron.

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Tras el mensaje contundente de los ministros de la Corte, el titular de la Anses, Diego Bossio, salió a contradecir la resolución y resaltó que el organismo paga sentencias "como nunca antes". Y aseguró que seguirá con ese rumbo.

"El organismo realiza un gran esfuerzo año a año para cumplir con sus obligaciones y pagar las sentencias que corresponden lo antes posible. De esta manera, se redujo el stock de sentencias previsionales, porque si bien aún existen causas en trámite, los juicios están disminuyendo. Y lo importante es que la liquidación de la sentencia se realiza de forma transparente y con un orden de trabajo que es conocido por la ciudadanía", sostuvo Bossio.

El funcionario subrayó, además, que la implementación de la ley de movilidad jubilatoria, que establece dos aumentos por año, "les puso fecha de vencimiento a los juicios previsionales" y hoy "los nuevos jubilados no están iniciando juicios".

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