Uruguay: empleadores podrían ir a prisión por accidentes laborales

El Senado aprobó una ley de responsabilidad penal empresarial que establece penas de cárcel para los patrones que pongan en peligro la vida o la salud de sus empleados por incumplir las normas de seguridad laboral

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 Reuters 163
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La iniciativa, ya avalada por los diputados y que fue defendida a ultranza por los sindicatos, que se movilizaron este martes en las afueras del Parlamento, fue aprobada con los votos del oficialista y mayoritario Frente Amplio (FA, izquierda), tras un debate en el que varios legisladores expresaron dudas sobre el proyecto y su posible inconstitucionalidad.

En contra del proyecto se pronunciaron los opositores Partido Nacional y Partido Colorado, así como las cámaras de empresarios y patrones, que ven en él una medida inútil contra la siniestralidad laboral y que pone en juego su "libertad personal".

La norma deberá ser ratificada por el presidente uruguayo, José Mujica, quien ya se mostró partidario de la misma, para que entre en vigor.

     La norma deberá ser ratificada por el presidente, José Mujica

El senador oficialista Eduardo Lorier defendió la norma que establece penas de entre tres y 24 meses de prisión para los patrones que "no adoptaren los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley" y pongan así en peligro "grave y concreto la vida, la salud o la integridad física del trabajador".

Lorier dijo que la norma supone un avance "democrático" en defensa de los trabajadores uruguayos.

Sin embargo, senadores como el colorado Ope Pasquet defendieron el propósito tras la ley de acabar con los accidentes laborales pero lamentaron la "forma jurídica alcanzada".

Pese a votar a favor, varios senadores del FA como Rafael Michelini argumentaron que la norma nace "frágil" por su posible inconstitucionalidad, pese a tratarse de una señal en la dirección correcta.

Varios expertos constitucionales criticaron este martes la iniciativa y auguraron que la Corte Suprema del país la declarará nula ya que no tipifica exactamente el delito que se crea y solo se limita a referirse a la "reglamentación" que se desarrollará más adelante.

Otro de los artículos de la norma establece que si el empleador hubiera sido responsable del accidente por dolo o culpa grave en el incumplimiento de normas de seguridad, deberá reparar integralmente todo el daño causado sin la ayuda del Banco de Seguros del Estado.

"Hoy, si alguien pone a trabajar a un muchacho de 14 años arriba de un andamio podrido, con las barandas podridas, eso se arregla con una multa. ¿No será hora de preguntarnos si no está bien que esas conductas formen parte del Código Penal?", dijo el secretario general del sindicato de la construcción uruguaya, Oscar Andrade, al apoyar la medida.

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