Ley de Medios: cómo es la transferencia de oficio de las licencias excedentes

El mecanismo fue publicado en diciembre del año pasado en el Boletín Oficial. ¿Cómo se determina qué licencias serán vendidas? ¿Quién lo decide? ¿Quién garantiza la continuidad del servicio? ¿Qué sucederá con los puestos de trabajo?

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 Télam 162
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Tras conocerse el fallo de la Corte Suprema sobre la constitucionalidad de la Ley de Medios, Martín Sabbatella, titular de la Afsca –el órgano de aplicación de la norma–, fue tajante: "El proceso de transferencia de oficio del Grupo Clarín ya está en marcha", dijo en una conferencia de prensa.

En efecto, el proceso de adecuación de la ley ya fue notificado en persona por el propio Sabbatella el pasado 17 de diciembre, pero había sido suspendido por una medida cautelar que ahora cayó con la sentencia del máximo tribunal. Por ende, según la Afsca, el trámite continuará su curso natural. La pregunta, entonces, es cómo es ese procedimiento.

A través de la Resolución 2206/2012, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual aprobó a comienzos de diciembre del año pasado el Reglamento de Transferencia de Oficio para aquellos grupos de medios que no presenten el plan de adecuación voluntario, y para aquellos que, tras haberlo presentado, les sea rechazado o bien no sea ejecutado. Tal es el caso del Grupo Clarín.

Todos los grupos que por los motivos descriptos anteriormente sean objeto de un proceso de transferencia de oficio serán sometidos a la "tasación de las licencias y de los bienes imprescindibles afectados" a ellos.

El artículo 2 de la resolución prevé que será el Tribunal de Tasaciones de la Nación el que evalúe el valor de las licencias para aquellas de menor cuantía que ingresen al proceso de transferencia compulsiva hasta tanto el dueño del grupo cumpla por lo dispuesto con la ley. Dicha tasación será el precio que se usará como base en las licitaciones de las licencias excedentes.

Según la norma, hasta tanto termine el procedimiento de transferencia de oficio de las licencias, las empresas deberán prestar con continuidad y regularidad el servicio, garantizando las fuentes de trabajo en las condiciones preexistentes. La Afsca podrá adoptar "las medidas necesarias para garantizarlo".

Presentadas las propuestas, se abrirán los sobres y una Comisión de Evaluación integrada por siete miembros de la Afsca y designada ad hoc evaluará los antecedentes de los oferentes y emitirá un dictamen sobre quiénes cumplen con los requisitos. Dicho informe será vinculante para la Afsca, y deberá llevar la firma de al menos cuatro comisionados.

Llegado a ese punto, el directorio de la autoridad de aplicación decidirá quiénes serán los adjudicatarios de las licencias en boga.

No obstante, existe la posibilidad de que nadie se presente al concurso o que ninguno de los proponentes cumpla con los requisitos. En ese caso, se llamará nuevamente a licitación. Y si el proceso vuelve a fracasar, las licencias se podrán adjudicar de oficio.

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