La reglamentación de la Ley de Mercado de Capitales impedirá el financiamiento a largo plazo

Esa fue una de las novedades que surgió de los anexos de la Resolución 622/2013 de la Comisión Nacional de Valores de la Ley 26.831 y el decreto reglamentario 1023. Dispone la rotación cada cuatro años de las Agencias de Calificación de Riesgos por grupo empresario

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La evaluadora de riesgo soberano prevé un mejor tratamiento de la deuda pública REUTERS 162
La evaluadora de riesgo soberano prevé un mejor tratamiento de la deuda pública REUTERS 162

A poco más de nueve meses de publicada la ley 26.831 en el Boletín Oficial y de un mes de dar a luz el decreto que la reglamenta y la resolución que la instrumenta se advierte en la industria preocupación por la exigencia a las empresas y entidades emisoras de deuda y de otros instrumentos financieras de rotar, es decir cambiar cada cuatro años a la Agencia Calificadora de Riesgo, como grupo empresario, no por instrumento.

No se traba de un obstáculo menor, habida cuenta de que en la Argentina operan sólo 4 firmas que se dedican a esa tarea, tres de carácter nacional: Moody's, Standard & Poor's y Fitch y una local: Evaluadora Latinoamericana, las cuales tienen amplia trayectoria doméstica e internacional. Y si bien la Ley 26.831 habilita a las Universidades Nacionales para ejercer la función de ACR, no está claro quién será el responsable en casos de litigios civiles y penales, circunstancias que están claramente definidas para los casos de las sociedades anónimas y comerciales.

"Esto genera inconvenientes tanto para los emisores (empresas y entidades financieras) como para los compradores e inversores de los instrumentos financieros, porque con la rotación obligatoria de la ACR cada cuatro años impedirá que puedan calificar los documentos por un plazo mayor a 4 años, inicialmente desde septiembre de 2013, pero luego se irá acortando hasta llegar a septiembre de 2017, porque el tiempo corre para el Grupo económico", explica Daniel Rúas, Associate Managing Director de Moody's.

Es que resalta el experto, que en diálogo con Infobae destacó la buena predisposición de los técnicos de la Comisión Nacional de Valores para escuchar sus inquietudes, que "nadie va a poder calificar un papel o instrumento financiero más allá del período remanente para el fin de su labor con la firma que lo contrata, determinado por la Resolución 622".

 NA 162
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Y dado que se trata de un mercado con oferta reducida, porque por ahora sólo intervienen 4 calificadoras, con probada experiencia, no todas se especializan en la amplia gama de instrumentos financieros, y además varias de ellas son contratadas en simultáneo por una misma empresa, o banco. De modo que de no flexibilizarse o anularse esa exigencia en poco tiempo no se podrán emitir títulos valores.

Otros obstáculos

"Esto le pone un límite a la posibilidad de darle profundidad y desarrollo del mercado de capitales, porque así como está se concentrará en operaciones con un horizonte finito máximo de 4 años", pero desde la firma de cada nuevo contrato comenzará a achicarse.

"Le pone un límite a la posibilidad de darle profundidad al mercado", Daniel Rúas

"Otro impacto negativo que provocará la rotación obligatoria cada 4 años sobre la estabilidad financiera de los mercados, además del señalado límite a los plazos de las emisiones, se agrega el incremento de la volatilidad de los instrumentos; la posibilidad de cambios de calificación o falta de ello, porque no todas las ACR siguen los mismo criterios y procedimientos para sus evaluaciones; incentiva la especulación por cambio de calificación e interrumpe el análisis de los reportes estadísticos de las calificaciones", observa Rúas.

Además, destacó Rúas, "la rotación de agencias genera para los emisores el riesgo de no poder reemplazar la ACR, porque no reúne las exigencias de los accionistas, genera conflicto cuando se usan las opiniones para negociar con inversores o contrapartes del exterior; provoca obstáculos a aquellos que simultáneamente emiten mercados domésticos e internacionales y dificulta la relación con las agencias de emisores frecuentes  y emisores de diferentes familias de fideicomisos calificadas por diferentes agencias".

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