El gobierno nacional reglamentó hoy la polémica ley Nº 23.316, que establece el doblaje al español de películas y series extranjeras en canales y señales de televisión a lo largo del país, incluyendo los avisos publicitarios y avances de programa que se emitan.
El decreto 933/2013, publicado en el Boletín Oficial, se funda en una vieja ley sancionada por el Congreso en 1988, que nunca fue aplicada, y la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), votada en 2009 durante la disputa del Gobierno con el Grupo Clarín.
De acuerdo al escrito, la programación que sea divulgada a través de los servicios de radiodifusión televisiva contemplados en la normativa, "debe estar expresada, en el idioma oficial o en los idiomas de los Pueblos Originarios".
Al respecto, la cuestionada medida establece como idioma oficial "al castellano neutro según su uso corriente" en el país, aclaración que apunta a que el doblaje garantice "su comprensión para todo el público de la América hispanohablante". Además, se aclara que "su utilización no deberá desnaturalizar las obras, particularmente en lo que refiere a la composición de personajes que requieran de lenguaje típico".
Sin embargo, habrá excepciones. A saber, la "ley de Medios" excluye las señales de cable con inserción internacional o regional, donde habitualmente se difunden películas y series en idioma extranjero.
Según reza el artículo 9 de la LSCA, quedan excluidos "los programas dirigidos a públicos ubicados fuera de las fronteras nacionales, los destinados a la enseñanza de idiomas extranjeros, los que se difundan en otro idioma y que sean simultáneamente traducidos o subtitulados, la programación especial destinada a comunidades extranjeras habitantes o residentes en el país, la programación originada en convenios de reciprocidad; letras de las composiciones musicales, poéticas o literarias, y las señales de alcance internacional que se reciban en el territorio nacional".
Adelanto y multas
Ayer, la presidente de la Nación adelantó el decreto que empieza a aplicarse desde hoy durante la reinauguración del Cine Gaumont, donde presentó las obras de renovación edilicia y técnica de la histórica sala ubicada en la avenida Rivadavia 1635.
En el acto que encabezó en compañía de actores de teatro y cine, Cristina Kirchner anticipó la firma del instrumento que "pone en vigencia algo que era letra muerta en la Argentina, que establece el doblaje nacional de todas las series". Y subrayó que la ley, cuyo decreto reglamentario "data del año 1988, nadie lo hacía cumplir".
"Hemos instrumentado un decreto, con obligaciones muy puntuales para el AFSCA, que va a aplicar multas a todas aquellas empresas que no cumplan con las obligaciones del doblaje nacional y todos los resultados de esas multas va a ir al fondo, que administra el INCAA", explicó ayer la presidente al auditorio.
Industria
En sus considerandos, el decreto apunta hacia el estímulo del trabajo local, establecido en el artículo 2 de la ley Nº 23.316. La cláusula regula unos "porcentajes mínimos de doblaje que se deben realizar en el país, como medio razonable para la defensa de nuestra cultura e identidad nacional, circunstancia que se garantiza a través de la actividad desarrollada por actores y locutores que posean nuestras características fonéticas".
Por lo tanto, la disposición obliga transicionalmente a las empresas privadas, estatales o mixtas importadoras-distribuidoras de contenidos destinados a su televisación a contratar doblajistas argentinos.
Respectivamente, ello debe garantizarse un 12,5% del metraje de filmación dentro de los primeros 180 días; porcentaje que aumentará paulatinamente hasta trepar al 25% cuando se cumpla el año. Luego, se establece como piso mínimo un 50 % a partir de los tres años.