El fiscal federal Guillermo Marijuán, a pesar de haber sido amenazado para que no lo hiciera, apeló en la causa donde había imputado a su jefa, la Procuradora General de la Nación, por la designación de fiscales sin acuerdo del Senado.
El juez Sebastián Casanello había desestimado por inexistencia de delito la causa cuando consideró que Gils Carbó había hecho las cosas como manda la ley. Marijuán estimó lo contrario y ahora decidirá la Cámara Federal.
Según la apelación a la que accedió Infobae, Marijuán señaló que "así tenemos que, la posibilidad de formar equipos de trabajo es una facultad que asiste a la Señora Procuradora conforme al artículo 33, inciso g) de la ley 24.946 pero los mismos sólo pueden actuar bajo las directivas del Fiscal natural y titular al que coadyuvan o con el que cooperan, por lo que debe centrarse la atención de lo actuado y de esta investigación en la creación de Procuradurías a las que se le agrega, complementariamente, que la misma queda a cargo de un Fiscal General para el que se le habilita el cargo (Resoluciones PGN N° 914/12 y 915/12) quien, podrá desempeñar funciones de Fiscal principal en cualquier momento (ver en particular Apartado VI, A, inciso b) de la Resolución N° 914/12). Como se observa hay una clara e inobjetable inobservancia de la ley, ya que no puede crearse una estructura y atribuir la misma a un Fiscal General cuyo cargo ha sido habilitado al efecto, otorgándole funciones autónomas y principales pues ello, es de exclusiva facultad del Poder Legislativo de la Nación".
"Por ello no albergo duda alguna-dijo Marijuán- que deben ser investigadas las designaciones de fiscales ad hoc que recayeron en personas que no tienen acuerdo del Senado y esto por cuanto se ha dejado de observar las previsiones de designación de la citada norma".
Luego de los aspectos técnicos de la apelación, Marijuán dio una muestra hipotética de lo que podría suceder en caso de un secuestro extorsivo, el único delito que por ley deben investigar directamente los fiscales federales.
Marijuán dijo que "quisiera introducir un ejemplo que pudiera acontecer en cualquier momento ante este fuero Criminal y Correccional Federal para que se comprenda, no sólo la gravedad de la cuestión sino para que se vea también que no hay discusión ni interpretación posible distinta a la que sostengo. Supongamos entonces que ocurre un secuestro extorsivo y es llamado a intervenir en la investigación una de estas personas investidas con la designación por resolución de la Procuración General de la Nación como Fiscal "ad hoc", que se trata sólo de un funcionario al que la resolución lo "designa Magistrado con el cargo de Fiscal General".
"Inmediatamente, esta persona asumiendo el rol de Fiscal principal, conforme al art. 196 bis del Código Procesal Penal de la Nación (incorporado por la ley 25.760), asume la instrucción del sumario y lleva adelante allanamientos, intervenciones telefónicas e incluso detención de personas y les recibe declaración indagatoria en la sede de la Fiscalía. Cabe entonces preguntarse si esto es un avance en la estructura dinámica y eficaz que debe tener el Ministerio Público Fiscal", agregó.
Asimismo, destacó que "desde la concepción moderna de la república con la consiguiente división de poderes, se ha dejado en manos de los representantes del pueblo –legisladores- la elección de ciertas personas que en la sociedad van a gozar de potestades extraordinarias que les permiten, en determinadas circunstancias y procesos, avanzar sobre derechos de raigambre constitucional del resto de los ciudadanos. Ellos son los Jueces y los Fiscales de la Nación con el debido acuerdo del Senado. Por ello, justamente, con esa investidura a la que acceden por voluntad legislativa, denominada Magistratura, resulta que los allanamientos no son violaciones de domicilio, las intervenciones telefónicas no son escuchas ilegales ni las detenciones son privaciones ilegítimas de la libertad. Así entonces, permitir como con las acciones investigadas que un particular que apenas tiene un cargo de funcionario dentro de la Procuración General de la Nación, o quizás ni siquiera eso, sea envestido como Fiscal General con todas las atribuciones de un Magistrado resulta una ilegalidad que debe ser investigada".
Ya para finalizar recordó que dos fiscales designados por al Procuradora, Carlos Gonella y Omar Orsi, ambos sin acuerdo del Senado, intervinieron en el inicio de la causa judicial por lavado de dinero contra Lázaro Báez.
"Y volviendo al ejemplo que daba párrafos más arriba, no se trata de algo hipotético o de un caso de laboratorio propio de la Facultad de Derecho, el suscripto puede dar fe que dos de estas personas con designaciones ilegales, ya se han presentado diciendo ser Fiscales ante esta Fiscalía Federal y han suscripto un requerimiento de instrucción que constituye un acto fundamental del proceso penal. Es obvio que poco falta para que impartan órdenes de allanamiento, intervenciones telefónicas, congelamiento de cuentas, comparecencia compulsiva de testigos, etc", concluyó.