Un juez determinó en su sentencia que una banda de secuestradores no podían ser castigados por ese delito, debido a que no llegaron a cometer el ilícito.
El camarista d ela Sala VII Mauro Divito votó por desvincular a cuatro delincuentes del hecho cuando iban a cometer un secuestro extorsivo el pasado 3 de marzo.
Los captores estaban divididos en tres vehículos distintos y fueron apresados por la Policía, que además les incautó una pistola Glock calibre 9 milímetros, un revólver calibre 22, cuatro precintos negros, una soga de nylon, un gas paralizante y una nota con la inscripción "sale a las 8hs".
Los acusados tenían planeado secuestrar a un empresario, su esposa y sus dos hijos y para ello se habían estacionado frente al domicilio de la futura víctima, publicó hoy diario Popular.
En su voto en disidencia y minoría, el juez dijo que los cuatro debían ser desvinculados porque "cuando -por ejemplo- un secuestrador ha de concretar el hecho sustrayendo a la víctima en la vía pública, cabe estimar que el primer acto ejecutivo será el de interceptarla, resultando impunes -por ser meramente preparatorios-todos los actos previos".
"Si bien el número de personas involucradas en el hecho, la ubicación de los tres vehículos en los que aguardaban, las armas, la soga, los precintos, la nota... permitirían inferir la existencia de un plan posiblemente destinado a secuestrar al empresario, fuerza es de convenir en que tal actividad no superó el umbral de los actos preparatorios", agregó el juez.
Además, Divito continuó con la increíble explicación al señalar que la posible víctima del secuestro "no mantuvo contacto con quienes hipotéticamente lo esperaban en la calle".
De todas maneras, los delincuentes fueron procesados por el voto positivo de los otros dos camaristas, Esteban Cicciaro y Rodolfo Pociello Argerich, quienes los imputaron por el delito de "secuestro extorsivo doblemente agravado en grado de tentativa".